domingo, 21 de agosto de 2011

INICIATIVAS DE LEY CONTRA EL FEMICIDIO EN NICARAGUA

La situacion de violencia hacia las mujeres, inicia con prohibiciones, insultos, amenazas, gritos,  y asì va incrementando hasta llegar a su maxima expresion como es la muerte de las mujeres.

En nuestra legislación nacional, estos hechos se tipifican como homicidio, parricidio, asesinato...

En Nicargua, en el primer semestre 2011, han sido asesinadas alrededor de 51 mujeres en su mayoría a manso de sus conyuges o exconyuges o personas con quienes han tenido alguna relación íntima.

Como producto de las luchas emprendidas por el moviento de mujeres en todo el mundo, se ha logrado el reconociemiento de la violencia hacia las mujeres como un delito, asì mismo la OMS la considera como un problema d esalud pública.

Actualmente en Nicargua se están promoviendo dos inciativas de Ley que incluyen EL FEMICIDIO como una nueva figura penal que visualice las muertes de las mujeres por su condición de género, es decir; que te matan por el simple hecho de ser mujer, esto se da cuando un hombre valiéndose del vínculo que tenga o haya tenido con la mujer, se atribuye el derecho a quitarle la vida.

Según la “Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”, emitida el 20 de diciembre de 1993, “se entiende por violencia contra la mujer a todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico o la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.

Cuando se habla de violencia contra las mujeres, se refiere a aquella situación particular de control, dominio y sometimiento que en distintas formas viven las mujeres por parte de los hombres, por el simple hecho de ser  mujer; y que es reconocida como violencia de género.
La violencia contra las mujeres es un DELITO y es sancionado o penado, así lo indica el Código Penal en el artículo 155 referido a la violencia doméstica o intrafamiliar.

Se trata del abuso de poder, de sometimiento de una persona hacia otra, específicamente de la violencia generada de un hombre hacia una mujer.   Tomando en cuenta que ese hombre puede ser su hermano, su amigo, su tío, su papá, esposo, etc., que ejerce violencia en distintas formas, ya sea física, psicológica, sexual,  económica, y en su forma mas extrema "la muerte".

Las mujeres esperamos que la Asamblea Nacional,  de prioridad a la aprobación de dicha ley dejando en evidencia que la violencia hacia las mujeres es producto de las desiguales relaciones de poder que se practican desde la familia, la comunidad y las instituciones.



Yo denuncio la violencia, mi familia me acompaña,  la comunidad me respalda y el estado me protege.

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